Читать книгу Laicidad y libertad religiosa del servidor público: expresión de restricciones reforzadas онлайн
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La solución de situaciones a partir de estas dos perspectivas de la relación entre libertad religiosa y derecho de reunión resulta compleja en el caso de los servidores públicos, respecto a quienes surgen interrogantes como los siguientes: ¿Pueden los servidores públicos hacer parte de reuniones religiosas solo en cuanto correspondan al ámbito privado o también pueden hacer parte de reuniones religiosas públicas e incluso promovidas como parte de sus responsabilidades estatales? ¿Debe el servidor público intervenir para proteger o impedir reuniones de su misma organización religiosa o para proteger o impedir las adversas a ella?
[§ 70] La dimensión colectiva de la libertad religiosa se articula también con la libertad de asociación, entendida, de forma armónica, como la capacidad de varias personas para conformar personas jurídicas con fines religiosos.
Esta libertad de asociación conduce a que la libertad religiosa, en distintas manifestaciones, se reconoce no solamente a los individuos sino también a las organizaciones que aquellos integran con fines confesionales. Por ejemplo, la celebración de reuniones, la realización de publicaciones y el culto mismo son derechos que tiene cada individuo para intercambiar con otros en el ámbito religioso, pero que también poseen las asociaciones –cualquiera sea su denominación jurídica– de acción religiosa colectiva.